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EE. UU. amplía las restricciones de visa para nacionales de casi 40 países por motivos de seguridad

El Departamento de Estado aplica ahora amplias restricciones de visa bajo la Proclamación Presidencial 10998, suspendiendo total o parcialmente la emisión de visas a nacionales de casi 40 países.

Publicado el 2 de febrero de 2026

Qué cambió

Desde el 1 de enero de 2026, el Departamento de Estado de EE. UU. aplica restricciones de visa ampliadas bajo la Proclamación Presidencial 10998, que la administración describe como una medida para proteger la seguridad nacional endureciendo el control de entrada a nacionales de países cuyos gobiernos ofrecen un intercambio de información, verificación de identidad o cooperación en seguridad insuficientes con las autoridades estadounidenses.

Las restricciones se dividen en dos niveles. La suspensión total de prácticamente toda emisión de visas de inmigrante y no inmigrante aplica a nacionales de 19 países: Afganistán, Birmania, Burkina Faso, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Laos, Libia, Malí, Níger, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria y Yemen, además de los palestinos que viajan con documentos de la Autoridad Palestina. Una suspensión parcial cubre otros 19 países —Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burundi, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Gabón, Gambia, Malaui, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Togo, Tonga, Venezuela, Zambia y Zimbabue— limitada a visas de visitante B-1/B-2, visas de estudiante e intercambio F, M y J, y todas las visas de inmigrante. Turkmenistán solo enfrenta la suspensión de visas de inmigrante.

Las restricciones se aplican únicamente a personas fuera de Estados Unidos que no contaban ya con una visa válida en la fecha de entrada en vigor; las visas existentes no fueron revocadas. El Departamento de Estado enumera excepciones limitadas, incluidas para viajes diplomáticos y oficiales, ciertas minorías étnicas o religiosas, binacionales que viajan con un pasaporte sin restricciones, titulares de Visas de Inmigrante Especial, atletas y personal de apoyo de eventos deportivos importantes, y residentes permanentes legales.

Qué significa esto para los solicitantes

Análisis: Esta es una de las acciones de restricción de visas más amplias de los últimos años, y su estructura —prohibición total para algunos países, excepciones más limitadas para otros— recuerda a las proclamaciones de estilo "prohibición de viaje" que en el pasado enfrentaron impugnaciones legales. Los nacionales de los países listados no deberían asumir que la restricción es temporal o simbólica: se ha instruido a los funcionarios consulares para que rechacen directamente las solicitudes que califican, en lugar de simplemente demorarlas.

Las mayores consecuencias prácticas recaerán sobre quienes aún no tienen visa y contaban con solicitarla pronto: una oferta de trabajo pendiente, una admisión universitaria o un trámite de reunificación familiar en alguno de estos países podría quedar estancado indefinidamente, sin fecha de revisión anunciada. Vale la pena revisar con cuidado las excepciones para binacionales y minorías étnicas o religiosas, ya que podrían ofrecer una vía alternativa cuando la nacionalidad principal está restringida. Como se trata de una proclamación presidencial y no de una guía administrativa de rutina, también puede modificarse, reducirse o ampliarse mediante acción ejecutiva con poco aviso previo, por lo que los solicitantes afectados deben estar atentos a actualizaciones en lugar de considerar la lista actual como definitiva.

Este es un reporte informativo sobre una acción de política del Departamento de Estado y la Casa Blanca, no asesoría legal. Cualquier persona afectada por estas restricciones debe consultar a un abogado de inmigración calificado sobre su caso particular.

Fuente

Original — US Department of State

Este es un comentario original basado en la fuente a continuación, no asesoría legal. Confirme los detalles con la fuente oficial.